Varios hechos han marcado la lucha por la igualdad y la no discriminación en la Educación obligatoria, los cuales supusieron en su momento unos avances hacia una mayor igualdad y en contra de la "siempre justificada" discriminación. Veamos algunos.
El caso de la sentencia Brown
El 17 de mayo de 1954 se produjo un hecho fundamental en la historia de la educación. En esa fecha el Tribunal Supremo de los Estados Unidos dictó la famosa sentencia Brown contra el Departamento de Educación de Topeka (Kansas).
En aquella época en algunos Estados había escuelas segregadas, escuelas para blancos y escuelas para negros. Hasta entonces no se consideraba que esto vulnerase el principio de igualdad reconocido en la 14ª enmienda. Desde 1896 se aceptaba la doctrina separate but equal (separados pero iguales), según la cual las escuelas podían ser sólo para negros o sólo para blancos siempre que las prestaciones fueran iguales.
La sentencia Brown declaró inconstitucional la segregación misma, y en concreto cuando la segregación era educativa.
… en el campo de la educación pública, no hay lugar para la doctrina de "separados pero iguales". Las instalaciones educativas separadas son inherentemente desiguales. Por lo tanto, sostenemos que los demandantes y otros en situación similar… se ven, por razón de la segregación que es motivo de la querella, privados de la igual protección de las leyes, garantizada por la Décimocuarta Enmienda.
Esta sentencia pone el dedo en la yaga de un problema crucial: ¿Cuáles son los factores decisivos que deberían garantizarse iguales para todos? (Los profesores, las instalaciones, los compañeros, ...)
El 17 de mayo de 1954 se produjo un hecho fundamental en la historia de la educación. En esa fecha el Tribunal Supremo de los Estados Unidos dictó la famosa sentencia Brown contra el Departamento de Educación de Topeka (Kansas).
En aquella época en algunos Estados había escuelas segregadas, escuelas para blancos y escuelas para negros. Hasta entonces no se consideraba que esto vulnerase el principio de igualdad reconocido en la 14ª enmienda. Desde 1896 se aceptaba la doctrina separate but equal (separados pero iguales), según la cual las escuelas podían ser sólo para negros o sólo para blancos siempre que las prestaciones fueran iguales.
La sentencia Brown declaró inconstitucional la segregación misma, y en concreto cuando la segregación era educativa.
… en el campo de la educación pública, no hay lugar para la doctrina de "separados pero iguales". Las instalaciones educativas separadas son inherentemente desiguales. Por lo tanto, sostenemos que los demandantes y otros en situación similar… se ven, por razón de la segregación que es motivo de la querella, privados de la igual protección de las leyes, garantizada por la Décimocuarta Enmienda.
Esta sentencia pone el dedo en la yaga de un problema crucial: ¿Cuáles son los factores decisivos que deberían garantizarse iguales para todos? (Los profesores, las instalaciones, los compañeros, ...)
PISA y el Informe Coleman
El famoso Informe Coleman (1966) sobre “Igualdad de Oportunidades Educativas”, elaborado a raíz de la Ley de Derechos Civiles de 1964 en Estados Unidos, señalaba una relación clara entre los resultados académicos y los compañeros de aula. Esta es la cita textual:
La magnitud de las diferencias entre las escuelas a las que asisten los negros y aquellas a las que asisten los blancos son las siguientes: la menor, instalaciones y programas de enseñanza; la siguiente, la calidad del profesorado, y la mayor, el historial educativo de los compañeros de estudio. El orden de importancia de estos inputs sobre el rendimiento de los estudiantes negros es exactamente el mismo: instalaciones y programas, el menos importante; la calidad del profesorado a continuación, y el historial de los compañeros, el más importante.
Desde entonces, se ha comprobado en variados estudios que la primera y principal ayuda educativa que se le da a un alumno la recibe de sus compañeros a través de las actividades comunes.
Andreas Schleicher, coordinador de los Informes PISA, ha dicho en múltiples ocasiones cosas parecidas a esta: la selección temprana [de alumnos] no creo que sea buena para la individualización de la educación. Normalmente crea desigualdad social sin aumentar el rendimiento. (que es todo lo contrario de lo que se alega; que incluir a los alumnos "malos", baja los niveles, aunque fomenten la igualdad.) (ver aquí).
Recuérdese también el efecto Pygmalión y su influencia sobre los grupos segregados. ¡Un alumno segredado está condenado de antemano a cumplir las expectativas que se le han pronosticado!La magnitud de las diferencias entre las escuelas a las que asisten los negros y aquellas a las que asisten los blancos son las siguientes: la menor, instalaciones y programas de enseñanza; la siguiente, la calidad del profesorado, y la mayor, el historial educativo de los compañeros de estudio. El orden de importancia de estos inputs sobre el rendimiento de los estudiantes negros es exactamente el mismo: instalaciones y programas, el menos importante; la calidad del profesorado a continuación, y el historial de los compañeros, el más importante.
Desde entonces, se ha comprobado en variados estudios que la primera y principal ayuda educativa que se le da a un alumno la recibe de sus compañeros a través de las actividades comunes.
Andreas Schleicher, coordinador de los Informes PISA, ha dicho en múltiples ocasiones cosas parecidas a esta: la selección temprana [de alumnos] no creo que sea buena para la individualización de la educación. Normalmente crea desigualdad social sin aumentar el rendimiento. (que es todo lo contrario de lo que se alega; que incluir a los alumnos "malos", baja los niveles, aunque fomenten la igualdad.) (ver aquí).
Pues, por aquí, como si nada. Hemos descubierto las secciones bilingües y en muchas de ellas se justifican los procedimientos de selección para pertenecer a las mismas como una muestra de racionalidad,... ¡Es lo mejor! Dicen tan ufanos. Y, el efecto Pygmalión, no existe. El informe Coleman no tiene nada que ver con nosotros y no digamos la sentencia Brown,... Ni el Informe PISA y los comentarios reiterados de su principal cabeza visible, Andreas Schleicher.
No creemos que haya, en general, objeción a los objetivos que se proponen las secciones bilingües. La inmensa mayoría queremos que nuestros alumnos dominen mejor una segunda o tercera Lengua. Pero los procedimientos aplicados para seleccionar al alumnado, sencillamente no son de recibo, en la mayor parte de ellas, sobre todo cuando no se imparten a todo el alumnado del mismo curso o nivel y se utilizan procedimientos "justificados" pero inaceptables para seleccionar a los alumnos escogidos. Es evidente que tratándose de una enseñanza obligatoria, esos procedimientos por muy "justificados" que sean, van contra el artículo 14 de la Constitución, el que habla de la igualdad de todos los españoles ante la Ley, sin que quepa discriminación posible por ninguna causa.
Y no olvidemos que en nuestra legislación existen los centros de Educación Especial, que están llenos de alumnos, pero a los que se ingresa después de informes que lo justifiquen según la normativa existente. Y, aún así, nos encontramos con alumnado cuyo ingreso en esos centros está justificado muy en la frontera de la legalidad, son los que a veces decimos en tierra de nadie, pues nadie los quiere, sobre todo cuando, además de su posible déficit, su comportamiento no es el considerado, o esperado, como "normal",...
